Es la segunda vez que me pronuncio en este sentido. La causa es hoy el incumplimiento por el Gobierno de su obligación anual de presentar los Presupuestos por tercer año consecutivo. En efecto, el artículo 134 de la Constitución establece que: “1. Corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado (…) 3. El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior”. Ante este flagrante incumplimiento, entra en la más estricta lógica democrática que el líder de la oposición presente una moción de censura, pues el presidente del Gobierno no está obligado a presentar una moción de confianza. La oposición ha de tomar la iniciativa. Ahora bien, ¿de qué tipo de

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