Desde octubre de 2025, los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) podrán solicitar el retiro extraordinario de sus fondos de la AFP , aprobado por la Ley N.º 32445. Esta norma autoriza la entrega de hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a S/21.400, en cuatro armadas mensuales . Asimismo, los peruanos que viven en el extranjero también podrán acceder a este beneficio.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó el procedimiento operativo del octavo retiro AFP el domingo 28 de septiembre de 2025, a través de la Resolución SBS N.º 03444-2025. Este documento establece los mecanismos, condiciones y plazos que las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán seguir para garantizar el acceso ordenado y seguro al retiro de fondos.

Retiro AFP 202

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