El Gobierno de Pedro Sánchez ha aprobado un Anteproyecto de Ley Orgánica sobre medidas en materia de “violencia vicaria” que, según el propio texto, obligará a contabilizar oficialmente solo a los menores asesinados por su padre o por hombres vinculados a la madre , pero no a los menores asesinados por su madre .

La medida, impulsada por los ministerios de Igualdad (dirigido por Ana Redondo), Presidencia y Justicia (Félix Bolaños) y Juventud e Infancia (Sira Rego), ha sido criticada por su sesgo ideológico y por « excluir deliberadamente a parte de las víctimas por motivos de género ».

Una definición asimétrica de la violencia

El texto define la «violencia vicaria» como aquella « que, con el objetivo de causar dolor o sufrimiento a las mujeres, se ejerza sobre sus hijos e hijas o descendientes, así como sobre personas menores de edad sujetas a su tutela o guarda y custodia, o sobre ascendientes o hermanos y hermanas de ésta, o sobre su cónyuge o persona a la que esté ligada por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia ».

Es decir, solo se contempla la violencia ejercida por hombres hacia mujeres y sus hijos , dejando fuera cualquier caso en el que una madre mate a sus hijos o cause daño al padre a través de ellos .

De esta forma, la ley omite de su definición toda violencia ejercida por mujeres , incluso cuando persigue el mismo fin —causar daño o sufrimiento a la pareja—, generando así una asimetría legal y estadística .

Un nuevo delito con agravante de género

El anteproyecto incorpora además un nuevo artículo, el 173 bis del Código Penal , que tipifica el delito de violencia vicaria con penas de prisión de seis meses a tres años y privación del derecho a portar armas de tres a cinco años .

Sin embargo, el propio texto agrava las penas cuando el delito lo comete un hombre contra su pareja o expareja: « Las penas se impondrán en su mitad superior cuando el delito sea cometido para causar daño o sufrimiento a quien sea o haya sido esposa o mujer ligada por análoga relación de afectividad aun sin convivencia. »

De este modo, la misma conducta penal tiene una sanción distinta en función del sexo del agresor , consolidando un enfoque jurídico que rompe el principio de igualdad ante la ley .

Los datos que el Gobierno no quiere contar

Durante la presentación del anteproyecto, la ministra Ana Redondo justificó la norma en un « contexto político de ola reaccionaria » y destacó la « durísima realidad » de los menores asesinados por violencia vicaria: 65 niños y niñas desde 2013 , 9 en 2024 y 3 en lo que va de 2025 .

Sin embargo, estos datos no incluyen los asesinatos cometidos por mujeres , pese a que son una realidad estadísticamente significativa . Según la Asociación Anavid , que trabaja en la defensa de las víctimas de violencia doméstica sin distinción de sexo, solo en 2024 murieron 20 menores a manos de sus madres . Ninguno de esos casos figura en las estadísticas oficiales del Ministerio de Igualdad.

« Es una exclusión ideológica que invisibiliza víctimas », denuncian desde la asociación, que reclama una ley integral de violencia intrafamiliar sin sesgo de género.

Una estadística oficial con un solo enfoque

El anteproyecto modifica la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (aprobada en 2004 bajo el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero), y obliga a elaborar cada año una « estadística de víctimas mortales por violencia contra la mujer por razón de género ».

Dicha operación estadística incluirá —de manera diferenciada— a los hijos, descendientes, ascendientes, hermanos o cónyuges de la mujer víctima que hayan sido asesinados « en el contexto de la violencia vicaria ».

El organismo encargado será la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género , que validará y certificará los casos de forma oficial , siempre que estén vinculados a una mujer víctima de violencia machista. En cambio, los asesinatos cometidos por mujeres sobre sus hijos o parejas no serán registrados ni investigados dentro de esta categoría.