La Sala Penal consideró que las pruebas practicadas “no acreditan el vínculo doloso exigido para calificar al exmandatario como determinador de un acto punible”.
La decisión fue adoptada en segunda instancia, dentro del proceso que también analiza el delito de fraude procesal , cuya audiencia continúa en curso durante la jornada. Por el momento, la sesión se mantiene en desarrollo y el tribunal aún no ha emitido pronunciamiento sobre ese segundo cargo.
Durante la lectura del fallo, los magistrados destacaron que no prosperaron las solicitudes de nulidad ni los cuestionamientos sobre la validez de las interceptaciones telefónicas, pero sí se determinó que algunas de las grabaciones obtenidas durante la investigación serán excluidas por considerarse “ilícitas e irregulares” , al habers