La Corte Constitucional determinó que el Ejército Nacional vulneró los derechos fundamentales a la igualdad , al libre desarrollo de la personalidad y a la identidad de género de una persona al negarse a incorporar el marcador de sexo “no binario” en su sistema de reclutamiento, que define la libreta militar.

En ese orden de ideas, recordó el tribunal que la Constitución misma ofrece el fundamento para reconocer las identidades diversas y que negar ese reconocimiento perpetúa la exclusión y desconoce el principio de pluralismo.

El caso

Tonny Alberto Gualdrón Pacheco interpuso una acción de tutela contra el Ejército Nacional – Distrito Militar No. 10, por negarse a actualizar su libreta militar conforme a su identidad de género legalmente reconocida como “no binari

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