Una de las celebraciones más esperadas del año está a punto de llegar, nos referimos al Día de Todos los Santos (1 de noviembre) y el Día de los Fieles Difuntos o Día de Muertos (2 de noviembre), que son fechas culturalmente importantes debido a los festejos que giran en torno a ellas.
Sin embargo, en el ámbito laboral, estos dos días tienen un status distinto, pata algunas empresas, por lo que no otorgan dichos días como feriados. Pero para despejar dudas, ¿Qué dice la ley del trabajo sobre el 1 y 2 de noviembre?
¿El 1 y 2 de noviembre habrá puente?
La Ley Federal del Trabajo establece en su artículo 74 que los días de descanso obligatorio son los siguientes:
1 de enero
Primer lunes de febrero por festejo del 5 de febrero
Tercer lunes de marzo por festejo del 21 de marzo
1 de mayo

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