El Jurado Electoral Especial de Pacasmayo (JEE) ha determinado la responsabilidad del presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, junto a otros dos funcionarios, por el uso indebido de una videocámara estatal durante el anuncio de candidatura de Keiko Fujimori. Este acto ha sido considerado una violación del deber de neutralidad en el contexto de las Elecciones Generales 2026.

La resolución, emitida el 13 de noviembre, cierra un expediente que investigaba la infracción a las normas que regulan la neutralidad estatal en periodo electoral. El caso se originó el 30 de octubre de 2025, cuando se utilizó una videocámara institucional del Congreso en un evento político en Huanchaco, Trujillo, donde Fujimori anunció su postulación como precandidata a la presidencia del Perú.

El JEE concluyó que la conducta de los implicados favoreció a la organización política Fuerza Popular, lo que se tipifica como una infracción en el artículo 32° del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral. La resolución identificó a tres responsables, diferenciando entre acción directa y omisión funcional.

Fernando Rospigliosi fue hallado responsable por omisión, ya que, como máxima autoridad administrativa, tenía el deber de proteger el patrimonio estatal y evitar el uso de recursos públicos con fines proselitistas. Su falta de controles efectivos permitió que la videocámara del Congreso fuera utilizada en un evento político.

Jaime Abensur Pinasco, director general parlamentario, también fue sancionado por omisión funcional, dado que estaba a cargo de la Oficialía Mayor en el momento del incidente. Su responsabilidad se deriva de no haber implementado un control adecuado que impidiera el uso indebido de la videocámara.

Por su parte, Daniel Constantino Luza Amésquita, servidor de la oficina de participación ciudadana del Congreso, fue el autor directo del uso de la videocámara institucional. Aunque Luza Amésquita alegó que su acción fue un "error involuntario" debido a la similitud con su equipo personal, el JEE desestimó su defensa, afirmando que su acceso al bien y su uso en un evento político lo hacen responsable.

La resolución del JEE de Pacasmayo enfatiza que la infracción al deber de neutralidad se concretó tanto para los altos funcionarios como para el servidor, subrayando la gravedad del uso de un bien del Estado en actividades proselitistas.