El Tribunal Supremo ha estimado que el uso no autorizado del término Donut con fines comerciales constituye una violación de los derechos de marca del Grupo Bimbo, pese a que el término “dónut”, en minúscula y con tilde, se encuentra ya en el diccionario de la RAE.
La compañía ha calificado de “victoria legal histórica” la sentencia, que pone fin a nueve años de litigio y en la que el Supremo estima el recurso de casación de Bimbo Donuts Iberia, tras recordar que el proceso comenzó en 2017, ante el uso del término en el ámbito comercial por un tercero.
Para la empresa, esta decisión del tribunal “reconoce el renombre extraordinario, otorgándole la máxima protección legal”, ya que “el uso no autorizado y descriptivo del término Donut con fines comerciales constituye una violación de los d

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