El Tribunal Superior de Bogotá rechazó la solicitud que hizo la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez de suspender provisionalmente la prisión domiciliaria ordenada por la juez 44 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia Aranda, en un fallo emitido el pasado viernes 1.º de agosto.
En el auto expedido por el magistrado Leonel Rogeles Moreno, de la Sala Penal, se establece que:
“PRIMERO: NO DECRETAR la medida provisional solicitada por el apoderado del ciudadano Álvaro Uribe Vélez.
SEGUNDO: COMUNICAR al accionante y a su apoderado esta decisión por el medio más expedito y eficaz, y ADVERTIR que en su contra no proceden recursos”.
“La medida cautelar no cumple los estándares de urgencia, necesidad, [e] impostergabilidad, requisitos sine qua no