
El Congreso de la Ciudad de México dio luz verde a una reforma que cambiará la forma en que circulan los vehículos eléctricos personales en la capital. A partir de la modificación a la Ley de Movilidad, quienes conduzcan scooters, bicicletas eléctricas y bicimotos deberán portar licencia de manejo y documentación obligatoria. La propuesta , impulsada por la jefa de gobierno, Clara Brugada, recibió seis votos a favor y una abstención en la Comisión de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial.
Los cambios crean una nueva categoría legal llamada Vehículo Motorizado Eléctrico Personal (Vemepe), que incluye a los modelos con acelerador independiente, dos o más ruedas y velocidad máxima superior a 25 kilómetros por hora. Con esta definición, se pretende cerrar vacíos legales que han impedido regular su circulación, a pesar de que muchos alcanzan velocidades comparables a las de una motocicleta ligera . El ajuste también permitirá clasificarlos en tipo A, con peso menor a 35 kilogramos, y tipo B, con peso mayor a 35 y hasta 350 kilogramos.
El objetivo, según explicó el presidente de la comisión, Miguel Ángel Macedo Escartín, es armonizar la legislación local con la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial , y atender el aumento del uso de estos vehículos en calles y ciclovías . La reforma busca establecer límites claros de velocidad, condiciones mínimas de operación y requisitos para quienes los conducen. Además, obligará a la Secretaría de Movilidad (SEMOVI) a replantear el diseño de espacios para peatones, ciclistas y usuarios de movilidad personal.
En la última década, scooters y bicicletas eléctricas pasaron de ser un nicho urbano a un medio de transporte cotidiano. Su bajo costo operativo y la capacidad de sortear el tráfico los hicieron populares, pero esa misma facilidad de uso dejó al descubierto un vacío legal. Hasta ahora, el Reglamento de Tránsito capitalino no contemplaba su categoría con precisión, lo que impedía exigir licencias o establecer sanciones específicas.
La legisladora Patricia Urriza Arellano, de Movimiento Ciudadano , cuestionó el dictamen. Argumentó que la redacción actual podría generar contradicciones con la ley federal y anunció que propondrá reservas para aclarar qué vehículos deben entrar en la nueva clasificación. Su planteamiento busca que los de tracción humana que superen los 25 kilómetros por hora no sean tratados como motorizados, y que cualquier eléctrico que exceda esa velocidad sí requiera licencia, sin importar su tipo.
¿Cuándo entrarán en vigor los nuevos cambios?
El documento aprobado también marca un plazo de 360 días , contados desde la entrada en vigor del decreto, para que la jefatura de gobierno realice las adecuaciones necesarias al Reglamento de la Ley de Movilidad y al Reglamento de Tránsito . Esto significa que, aunque la reforma ya está encaminada, su aplicación concreta llegará después de que se definan los detalles técnicos y administrativos.
Más allá de la discusión política, la medida plantea un cambio de cultura vial . Convertirá a miles de usuarios de micromovilidad en conductores sujetos a obligaciones similares a las de un automovilista o motociclista . En una ciudad donde la convivencia entre peatones, ciclistas y vehículos motorizados es un reto, esta reforma busca reducir accidentes y establecer reglas más claras para todos.