MODIFICACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN PROVINCIAL
En su séptima sesión, la Convención Constituyente modificó los artículos 71 -referidos a los adultos mayores-, 72 –sobre los derechos y la concepción de las personas con discapacidad- y 82, sobre la salud pública. Además, se agregó un artículo nuevo que da categoría constitucional al Consejo de la Magistratura.
Durante los primeros momentos de la sesión, los convencionales de La Libertad Avanza volvieron a reclamar la aceptación de sus renuncias, afirmando sentirse “rehenes institucionales”. Sus mociones fueron rechazadas por la mayoría oficialista.
En el primer punto del plan de labor, se trató un nuevo artículo que incorpora a la Constitución al Consejo de la Magistratura, expresando, como ya lo dice la Ley provincial, que este órgano tendrá