En concreto, el Poder Legislativo -siguiendo algunos de los comentarios del Gobierno- introdujo cambios puntuales en los artículos 5, 7, 15, 17, 59 y 62 del texto.
Uno de los principales ajustes está relacionado a la titularidad del Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada , que se establecía en el artículo 5. Aunque inicialmente se buscaba otorgar mayor poder a ProInversión , la versión final de la norma cambia el escenario.
Al inicio se planteaba dar a ProInversión facultades para emitir opinión vinculante sobre la interpretación de la ley y el marco normativo. Sin embargo, el Poder Ejecutivo advirtió que esa modificación eliminaba competencias de la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada (DGPPIP) del Ministerio de Economía y Finanzas (ME