El Consejo de Estado dejó sin efectos la personería jurídica del partido Gente en Movimiento , liderado por el exministro Mauricio Lizcano.

La decisión fue adoptada por la Sección Quinta del alto tribunal, que consideró que los argumentos presentados para el reconocimiento no cumplían con los requisitos constitucionales.

La colectividad había obtenido la personería jurídica con base en el antecedente del secuestro de Óscar Tulio Lizcano , padre del exministro, perpetrado por las Farc. Sin embargo, para los magistrados este hecho no podía ser considerado como fundamento válido, debido a que ocurrió cuando Lizcano padre era congresista de otro partido y antes de la existencia formal de Gente en Movimiento.

Según el fallo, la resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) que avaló el

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