Uno de los cambios a implementar es la introducción de la pensión por consumo , tal como ya se contemplaba en la ley aprobada el año pasado.
El reglamento estipula que las entidades administradoras de fondos (EAF), que pueden ser AFP u otras instituciones financieras autorizadas, abren una cuenta especial e independiente de aportes voluntarios con fin previsional destinada a los aportes por consumo denominada “cuenta especial por consumo”.
En los siguientes años, ser irán implementando las medidas aprobadas en la última reforma. (Foto: Andina)
Solo corresponde la creación de una cuenta especial por consumo a los afiliados al sistema que aún no accedan a una pensión o un beneficio previsional y tengan menos de 65 años.
La cuenta especial por consumo es intangible e inembargable