El retiro extraordinario de hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) , equivalente a S/ 21.400, que se inicia en octubre de 2025, trae consigo precisiones legales importantes. Aunque los fondos de pensiones son considerados inembargables, existe una excepción clara: los juicios por pensión de alimentos .

Rossana Gallesio Gonzales, especialista en temas financieros, explicó que el dinero retirado de las AFP no puede ser embargado por deudas comunes, pero sí en procesos relacionados con obligaciones alimentarias. “El monto retirado es inembargable a menos que haya un juicio por alimentos, por el equivalente al 30% del monto retirado”, detalló.

Pensión de alimentos: prioridad a los menores

La jefa del Registro Nacional Judicial (Renaju) , Vicky Távara Cavero, señaló que e

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