La Ley de Propiedad Horizontal contempla medidas específicas contra los propietarios que se retrasen en el pago de las cuotas comunitarias. Según establece el artículo 25 de esta normativa, cuando un vecino acumula dos o más meses sin abonar los gastos correspondientes, la comunidad puede tomar acciones restrictivas que incluyen la limitación del acceso a zonas e instalaciones comunes. Esta disposición legal otorga a las comunidades herramientas efectivas para combatir la morosidad mientras se mantiene el equilibrio entre los derechos colectivos e individuales.
El texto legal específicamente faculta a las juntas directivas o administradores a iniciar procesos ejecutivos para exigir el pago de las cantidades adeudadas, utilizando como título ejecutivo los propios recibos impagados o

Ultima Hora

Noticias de España
ALERTA El Diario de Cantabria
ElDiario.es Opinión
El Periódico Extremadura
RadarOnline