El gobierno de Javier Milei está discutiendo un borrador de reforma laboral que propone cambios significativos en las vacaciones y condiciones laborales de los trabajadores en relación de dependencia. Este proyecto, que se enviará al Congreso el 9 de diciembre, incluye nuevas regulaciones sobre el período de vacaciones, la organización del tiempo de descanso y la remuneración correspondiente.
Una de las propuestas más destacadas establece que las vacaciones deben otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril del año siguiente, a menos que se acuerde un plazo diferente entre el empleador y el trabajador. Esto permite personalizar los acuerdos, siempre bajo justificación y autorización de la autoridad competente. Además, se incrementa el tiempo de notificación para el inicio de las vacaciones, que ahora debe ser de al menos 45 días de anticipación, aunque este plazo puede ser modificado en convenios colectivos.
El borrador también permite fraccionar los días de descanso, siempre que cada período no sea inferior a una semana, y requiere un acuerdo entre ambas partes. Asimismo, se establece que cada trabajador debe poder acceder a sus vacaciones al menos una vez cada tres años durante la temporada de verano.
En cuanto a la remuneración durante el período vacacional, se detalla que para los trabajadores con sueldo mensual, la paga se calculará dividiendo el salario por veinticinco. Aquellos que perciben por día o por hora recibirán el monto habitual del último día trabajado antes de iniciar el descanso. Los salarios variables se liquidarán según el promedio anual, aunque el empleado puede optar por el promedio de los últimos seis meses. La retribución debe abonarse al inicio del período vacacional, y si se fracciona, el empleador puede optar por pagar todo al inicio del primer tramo.
El proyecto también introduce flexibilidad en la organización de la jornada laboral, permitiendo que las convenciones colectivas establezcan regímenes que se ajusten a las particularidades de cada sector, siempre respetando límites mínimos de descanso. Además, se modifica el artículo 198 de la Ley de Contrato de Trabajo, permitiendo que la reducción de la jornada máxima legal se implemente a través de acuerdos colectivos o individuales.
Otro aspecto relevante es la creación de un banco de horas, que permitirá compensar el exceso de trabajo en algunos días con una menor carga en otros, sin superar el límite semanal legal. Este sistema busca ofrecer mayor flexibilidad tanto a empleadores como a trabajadores, siempre que se respeten los descansos mínimos establecidos por la ley.
El clima de discusión en torno a la reforma ha sido intenso, con la CGT expresando objeciones a varios puntos del borrador, mientras que los empresarios abogan por flexibilizar las reglas para fomentar el empleo privado. A pesar de las diferencias, el gobierno se muestra decidido a avanzar con el proyecto, aunque está dispuesto a escuchar sugerencias de los distintos sectores involucrados. La reforma laboral se enmarca dentro de un paquete legislativo más amplio que incluye otros temas sensibles, como la reforma previsional, que se abordarán en una etapa posterior.

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