Las personas juzgadoras federale s que integran el colectivo “Décimo Transitorio ” reiteraron su demanda para que el Órgano de Administración Judicial (OAJ) cumpla de manera completa y transparente con las obligaciones establecidas en el Artículo Décimo Transitorio de la Reforma Judicial de 2024 , particularmente respecto al pago extraordinario que corresponde a quienes fueron separadas de su cargo sin evaluaciones, procedimiento disciplinario o justificación administrativa.

Las personas juzgadoras del que conforman dicho colectivo señalan que tienen derecho a recibir este pago extraordinario equivalente a tres meses de salario, además de 20 días de salario por cada año de servicio, conforme a las disposiciones de l Artículo Décimo Transitorio de la Constitución , as

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