La presidenta del Tribunal Constitucional, Luz Pacheco, ha confirmado que la reciente sentencia que protege a la presidenta Dina Boluarte no afectará el juicio en curso contra el exmandatario Pedro Castillo. En una entrevista con Exitosa, Pacheco subrayó que Castillo ya no ocupa el cargo de presidente y que el Congreso ha aprobado el levantamiento del antejuicio para que sea procesado por delitos como rebelión, abuso de autoridad y grave perturbación de la tranquilidad pública. "Él también se puso fuera de la ley, o sea, se puso fuera de la Constitución", afirmó Pacheco.

La magistrada enfatizó que el juicio contra Castillo avanza porque él ha quedado "totalmente al margen de la Constitución". Pacheco también mencionó que la sentencia del Tribunal Constitucional permitirá resolver dos habeas corpus pendientes relacionados con Castillo, aunque advirtió que su caso es "muy especial". "Ha dado un golpe de Estado que todos hemos sido testigos. No creo que se pueda comparar una cosa con la otra. No son equiparables", añadió.

En otra entrevista con Canal N, Pacheco negó que la decisión de declarar fundada la demanda competencial contra la Fiscalía de la Nación y el Poder Judicial sea un favor a Dina Boluarte. "La señora Boluarte no nos ha elegido. No tiene nada que ver en la elección de los magistrados del Tribunal Constitucional. Es el Congreso", aseguró.

La presidenta del TC también aclaró que su sentencia no implica que no se pueda investigar al presidente en funciones, sino que debe hacerse con límites. "No estamos de acuerdo con la impunidad", indicó.

La sentencia del Tribunal Constitucional ha declarado fundada la demanda competencial presentada por el Poder Ejecutivo, lo que implica la suspensión de todas las investigaciones fiscales contra Boluarte. Además, el fallo prohíbe al Poder Judicial adoptar medidas cautelares, como allanamientos a la residencia y despacho presidencial de Boluarte mientras esté en el cargo.

Según la resolución, durante el mandato de Boluarte y de futuros presidentes, las investigaciones preliminares solo podrán incluir tres acciones: la toma de declaración, que debe realizarse en Palacio de Gobierno y solo en dos ocasiones, solicitudes de información y la entrega de documentos. Otras diligencias investigativas quedan prohibidas, con el argumento de proteger la dignidad y el ejercicio efectivo de la función presidencial.

Una vez realizadas estas tres diligencias, si los casos no corresponden a delitos contemplados en el artículo 117 de la Constitución, las pesquisas quedarán suspendidas hasta el final del periodo presidencial. El fallo limita la posibilidad de que la Fiscalía y el Poder Judicial avancen en procesos no relacionados con traición a la patria, disolución inconstitucional del Congreso, impedimento de elecciones o afectación del sistema electoral. Así, Boluarte queda exenta de ser investigada o sujeta a medidas judiciales por otros hechos durante su gestión, a menos que incurra en los delitos graves señalados por la Constitución.