–(Foto diarioveterinario.com). La Corte Constitucional declaró inexequible la obligación de invocar a Dios en el juramento de los médicos veterinarios y los zootecnistas y recordó que los animales son seres sintientes, destinatarios de un régimen jurídico de protección y una prohibición de maltrato injustificado, y no meros instrumentos para cualquier finalidad de los seres humanos.

La norma demandada está consignada en la ley 576 de 2000 por medio de la cual se expidió el Código de Ética

para el ejercicio profesional de la medicina veterinaria, la medicina veterinaria y zootecnia. En su artículo 9°, adoptó los términos del juramento para estos profesionales, así:

«Juro, en el nombre de Dios, cumplir la Constitución y leyes de mi patria y todas las obligaciones inherentes a la profesión

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