La relación entre poder político y vínculos familiares ha sido siempre un terreno resbaladizo en la política peruana. La historia reciente lo confirma. Por ejemplo, en el caso de la exprimera dama Nadine Heredia abrió un precedente jurídico al ser considerada "funcionaria de facto" por el Poder Judicial. Tras la acusación fiscal que demostró cómo, sin cargo formal, asumía facultades propias de la gestión pública. Así, la justicia halló un modo de responsabilizar penalmente a quien, amparada en su cercanía con el presidente, ejercía funciones más allá de las atribuciones que le concernían.

Sin embargo, ese vacío legal persiste en otras figuras familiares del mandatario. La Constitución peruana, la Ley de Nepotismo (N° 26771), la Ley de Ética en la Función Pública (N° 27815) y el propio Cód

See Full Page